La marca europea

Novedades en las marcas europeas

La marca europea
MARCAS EUROPEAS

Refuerzo contra registros de mala fe


•     El Artículo 59(1)(b) del Reglamento de Marca de la Unión Europea (RMUE) ahora incluye explícitamente la mala fe como causa de nulidad absoluta.

      Esto permite que los titulares afectados presenten oposición o contrademanda ante la EUIPO, fortaleciendo la defensa frente a intentos abusivos de registro.

 

•     Protección de indicaciones geográficas (IG) ampliada

      A partir del 1 de diciembre de 2025, entran en vigor las directrices para el examen de IG de productos artesanales e industriales, no solo agrícolas o    

      alimentarios.  Esto significa que productos como cerámica, vidrio o textiles europeos podrán beneficiarse de una protección similar a la de vinos y quesos.

     Jurisprudencia del Tribunal General de la UE (TGUE)

 

•     En julio de 2025, el TGUE confirmó la anulación de marcas no distintivas, como la forma del cubo de Rubik y un signo compuesto por la letra “I” y un corazón

       rojo. Estas resoluciones refuerzan el criterio de que las marcas deben ser claramente distintivas y no meras formas funcionales o símbolos genéricos.

 

•     Transparencia y adaptación digital

      La EUIPO ha actualizado sus Directrices de examen para adaptarse al entorno digital, incluyendo mayor claridad en procedimientos y acceso simplificado

       para pymes y startups.



 

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